En los términos del artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, se establece plazo de un año para que las prestaciones laborales puedan ser reclamadas a la parte patronal, como lo es el aguinaldo.

 

A solicitud del interesado, la oficina municipal de Conciliación puede citar a la parte patronal para llegar a un acuerdo en donde quede subsanada la prestación que se reclama.

 

En caso de negativa por parte del patrón, se asesorará al trabajador para que acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (en la capital del Estado) y así proceda la demanda de la prestación pero bajo términos jurídicos, siendo este derecho irrenunciable para el trabajador.

 

El aguinaldo es producto de un año trabajado y bajo ninguna circunstancia puede renunciarse a este derecho, aun y cuando  solo se haya laborado una parte del año recién concluido.

 

El pago del aguinaldo se genera desde el inicio de la relación laboral y por tanto el pago mínimo es de 15 días.

 

La fecha límite en que debió cubrirse esa prestación fue el pasado 20 de diciembre.

 

En caso de que así haya sido pactado y aceptado, el pago del aguinaldo  pudo ser dividido en dos partes, sin que la segunda exceda  de la fecha límite que establece el artículo 87 de la ley federal del trabajo (20 de diciembre).

 

En aquellos casos donde siga pendiente el pago del aguinaldo, es importante que el trabajador acuda a las instancias correspondientes para poder ejercer sus derechos en tiempo y forma.

 

A nivel municipal se mantiene la disposición de orientar a todos los trabajadores que requieran información para hacer valer sus derechos en torno a prestaciones que se deriven de la relación laboral.

 

Otras prestaciones laborales además del aguinaldo son: vacaciones, prima vacacional y en caso de despido justificado la prima de antigüedad.

 

En lo que compete a despido injustificado, la indemnización constitucional, la cual comprende de 90 días.

 

Carlos Chávez López, titular de la Junta Municipal Permanente de Conciliación dijo que  siguiendo la instrucción del presidente Fernando Pérez Rodríguez, todo asesoramiento y canalización son de manera gratuita, en apoyo a la clase trabajadora local.

 

Durante todo el año, se emprenden campañas sobre los derechos de los trabajadores a fin de que puedan conocer lo que establece la ley para cada  tema  relacionado a la relación obrero. Patronal

 

Para mayor información, el teléfono de contacto es 7757558450 extensión 1217 o bien en oficinas ubicadas en el segundo piso de presidencia municipal.

 

 

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